En el marco de ley nacional Nº 27279/16, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la provincia de Córdoba, a través de las Secretarías de Agricultura y Ambiente, está trabajando conjuntamente en la normativa de la misma, reglamentación de CAT (Centros de Almacenamiento Transitorio) y también en la implementación de los CAT en conjunto con la Fundación Campo Limpio.
Si bien en la reunión del mes de abril, se definió que la puesta en acción de los CAT se efectuaría inicialmente en el Departamento Río Cuarto y las posibles localizaciones de los CAT a evaluar por la autoridad competente eran Elena, Las Acequias, Adelia María y Río Cuarto, aún no se han informado lugares definitivos para la instalación de los mismos.
CEDASAC, como miembro de la Comisión Asesora de la Ley de Productos Químicos y Biológicos de Uso Agropecuario, viene bregando sobre la importancia de atender este tema en concordancia con la ley nacional y con la responsabilidad que le compete al Comercializador.
La red de distribuidores deberá entregar al usuario junto con la factura de compra, toda información necesaria referida al sistema de gestión adoptado por el registrante. La misma debe incluir como mínimo el plazo de devolución de los envases vacíos de fitosanitarios, métodos adecuados de almacenamiento en el predio, modo de transporte del envase y lugares de recepción habilitados.
CEDASAC, miembro integrante de FeDIA, coincide en que colaborará con el registrante en lo que establece la ley 27279 en su artículo 21, para la implementación del sistema de gestión adoptado, en lo que respecta a la administración y gestión de los Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT).
Foto: gentileza Infocampo