Un requisito fundamental para la habilitación del asesor fitosanitario de su empresa es la afiliación a la Caja de Previsión Ley 8470.
La Matrícula B en el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la provincia de Córdoba habilita exclusivamente para el ejercicio de la profesión en relación de dependencia, ya sea en el ámbito público o privado. Para el caso de los asesores fitosanitarios que trabajen bajo esta modalidad, corresponde la afiliación a la Caja de Previsión Ley 8470, ya que la inscripción en el registro de asesores fitosanitarios previsto por la Ley Provincial 9164 implica una responsabilidad legal y técnica frente al Estado, además de la que asumen ante los destinatarios directos de sus servicios profesionales, como comercios expendedores, cooperativas, empresas o productores.
Los asesores fitosanitarios también podrán optar por la Matrícula A, que también incluye la afiliación a la Caja Ley 8470 y habilita para el ejercicio privado o libre de la profesión, aun cuando dicha actividad no se realice de forma exclusiva. Todos los ingenieros agrónomos inscriptos en la AFIP como profesionales de la ingeniería agronómica deberán encuadrarse en esta categoría. Esta habilitación genera la obligación de contribución al sistema previsional establecido por ley para la profesión (Caja de Previsión Ley 8470 de la Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura, Agronomía y Profesionales).
Trámites de afiliación
Los trámites afiliatorios a la Caja Ley 8470 se realizan exclusivamente por correo electrónico a: mesadeentradas@caja8470.com.ar
Para completar el proceso, se debe enviar la siguiente documentación escaneada:
Constancia de matrícula profesional emitida por el Colegio de Ingenieros Agrónomos con fecha de matriculación. Si la matrícula tiene más de un (1) año de antigüedad, se debe adjuntar un certificado emitido por el Colegio que detalle:
Fecha de matriculación.
Registro de trabajos profesionales realizados desde la fecha de matriculación o la confirmación de que no se han realizado presentaciones.
Habilitación para el año en curso.
Revisación médica obligatoria
La revisación médica previa es un requisito obligatorio y tiene validez de un año. Puede realizarse de dos maneras:
A través de la Caja de Previsión, mediante convenios vigentes con empresas de Medicina Laboral.
Una vez realizados, escanee y adjunte los documentos junto con la documentación requerida.
Pago del arancel de inscripción
Una vez recibida toda la documentación, se enviara la boleta de pago del arancel de inscripción ($2.700). El pago puede realizarse mediante Rapipago, Pago Fácil o Mercado Pago. Posteriormente, deberá enviarse el comprobante de pago.
Para conocer los valores de los aportes jubilatorios mensuales, consulte el siguiente enlace: Pagos y aportes mínimos.